jueves, 17 de septiembre de 2009

No ejercí mi crédito Infonavit ¿Recupero mi ahorro de vivienda?

El crédito Infonavit es flexible por su propósito social, si bien en esencia se trata de un crédito hipotecario como cualquier otro ofrece muchas ventajas que es imperativo conocer para tomar las decisiones adecuadas sobre nuestro patrimonio inmobiliario presente y futuro. En esta entrega detallaremos las opciones crediticias, y comentaremos lo que sucede con su dinero cuando decide no ejercerlo.

Hay muchos trabajadores que no desean ejercer su crédito infonavit a pesar de ser una prestación social por falta de información objetiva, lo que deben saber es que bimestre con bimestre su patrón hace aportaciones equivalentes al 5% del salario base de cotización (SBC) para que el trabajador tenga un ahorro que podrá utilizar única y exclusivamente como enganche de un crédito hipotecario, si este ahorro no se ejerce mientras se está como trabajador activo se quedará congelado hasta el momento de pensión cuando el Gobierno Federal lo absorberá casi en su totalidad (84% aprox.) para ayudar a amortizar la pensión vitalicia.

Entonces ¿si no ejerzo el crédito mi Saldo de Subcuenta de Vivienda (SSV) se sumará y mejorará mi pensión? Lamentablemente no es así, el gobierno se queda tu dinero, pero tu monto de pensión no mejorará ya que estará determinado por otros factores (léase en este blog “¿Quién se va a hacer cargo de pagarme una pensión? 16 Sept. 2009), de modo que ejerza o no el crédito su pensión será siempre la misma, solo que no tendrá el patrimonio inmobiliario para el que ahorro durante toda su vida laboral, ese patrimonio se lo habrá regalado sin beneficio alguno a la federación.

Vale mencionar que existe un procedimiento legal no siempre efectivo para recuperar el saldo en una sola exhibición en calidad de pensionado, la eficacia depende de la historia previsional de cada trabajador, pero no nos detendremos ahora en esto ya que esta fuera de los procedimientos normales de retiro. Si tienes más de 50 años y llevas más de 2 sin cotizar al IMSS tienes oportunidad de recuperarlo sin juicios, solo tienes que solicitar tu dinero al INFONAVIT, ya que al tener esa edad y ese tiempo sin cotizacion no tendrás derecho a una pensión.

Las respuestas más frecuentes de los clientes sobre ejercer su crédito son la falta de solvencia, la ausencia de proyectos convincentes, la magra calidad y alto precio de las viviendas de desarrollos nuevos y por supuesto ausencia de necesidad. Gran cantidad de trabajadores, en especial los de los polos salariales no ejercen su crédito, o por falta de recursos o por el exceso de ellos, o no les alcanza o no lo necesitan. Lo cierto es que se trata de una prestación a la que todos los trabajadores activos (que cuenten con 116 puntos) tienen derecho y por esa sola razón es importante considerarlo para adquirir un patrimonio.



Por principio de cuentas es un crédito pre aprobado, es decir no hay motivos de rechazo como en las instituciones de la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), no van a investigar tu estatus ante buró de crédito ni te harán estudios socioeconómicos para determinar tu solvencia, el monto al que ascienden los créditos están vinculados directamente al salario registrado del trabajador puesto que los pagos se deducen directamente del sueldo.

Ciertamente el esquema tradicional de crédito Infonavit no otorga montos superiores a los $380,000 que no es suficiente para obtener una vivienda decorosa en una zona decorosa, pero por estar orientado al mercado popular se cree que es suficiente. Lo irónico es que a menor salario menor monto de crédito, por lo que un obrero apenas alcanzaría un monto de crédito entre $100,000 y $140,000. Sin embargo este no es motivo para desalentarnos, el Infonavit tiene más esquemas de crédito, entre los más relevantes encontramos los siguientes.

-Compra de vivienda usada: En condiciones habitables, sin gravámenes, con menos de 30 años de construcción y al menos 30 años de sobrevida.

-Construcción en terreno propio: Siempre que no se encuentre en zona de riesgo (como ladera de un rio), y sea viable conectarse a todos los servicios.

-Ampliación, remodelación y mejoramiento de vivienda actual: Siempre que el inmueble esté a nombre del contratante del crédito o su cónyuge (por régimen conyugal), en cuyo caso solo se obtendrá la mitad del crédito estimado.

-Pago de pasivos: Sustitución de tu crédito hipotecario bancario por el del Infonavit, es decir tu deuda cambia de institución.

-Cofinavit: Con la intención de adquirir montos de crédito superiores a los tradicionales para compra de vivienda nueva o usada así como construcción en terreno propio el infonavit incorporó este sistema donde básicamente ejercerás 2 créditos, uno con el instituto y otro con alguna institución de la SHF, en este esquema si aplica investigación crediticia y de solvencia.

Esta prestación se puede ejercerla una sola vez por cada trabajador, y puede ser en coacreditación del cónyuge si es trabajador asegurado con más de 2 años de cotización continua al momento de la solicitud del crédito. En todos los casos el monto total de la operación está conformado por al menos dos rubros, el SSV y el monto de crédito a otorgar. El SSV nos pertenece y es producto de nuestro ahorro, cuando alcanza se usa para cubrir el enganche y los gastos financieros de titulación y escrituración; el monto de crédito a otorgar es la parte que adeudaremos y amortiza directamente el valor del inmueble o del proyecto.

En todos estos esquemas el monto de crédito a otorgar es ajustable salvo en Pago de Pasivos por razones obvias; es decir no se está obligado a ejercer el monto máximo de crédito, el trabajador puede ejercer desde un crédito minúsculo de apenas unos miles de pesos, (digamos $5,000) hasta el monto máximo de crédito que le asigne Infonavit de acuerdo a su salario. Si desea conocer su monto máximo de crédito tenga a la mano su NSS y consúltelo aquí.

Vgr. El trabajador tiene $100,000 en SSV, y por medio de un contratista certificado (para revisar el padrón de contratistas del Infonavit acude a la oficina más cercana o consúltalo en la CMIC de tu localidad) se elabora un proyecto de ampliación de vivienda actual por $105,000. El monto de crédito que otorgará el infonavit será de $5,000. De igual modo se podrá elaborar hasta por el monto máximo de crédito, estará en función de las necesidades y solvencia del cliente.

En el cofinanciamiento (Cofinavit) se obliga a ejercer el monto máximo que otorga el Infonavit pero no el de la otra institución crediticia, dependiendo la hipotecaria que se trate existe un mínimo de crédito que ronda en casi todas los $80,000, es decir: SSV + monto máximo de crédito infonavit + monto mínimo de la hipotecaria.

Hago hincapié en que el Infonavit otorgará mayor monto a los trabajadores más jóvenes, y cobrara mayor tasa de interés a los trabajadores de mayores ingresos. La tasa de interés máxima será del 10% que en cualquier caso es menor al promedio del mercado.

No es posible en ningún caso adquirir terreno sin construcción per medio de este crédito, ni se tramitará en los casos en los que el valor del terreno sea superior al de la construcción.

Cuando estés decidido a ejercer esta prestación acércate a tu inmobiliaria o al Infonavit donde los asesores certificados te orientarán y ayudaran sin costo alguno, nunca tomes decisiones de esta naturaleza sin antes consultarlo con un experto, recuerda que de eso depende la integridad del patrimonio de tu familia.

¿Cuál es la mejor Afore de México?

 
Usted como la mayoría de los trabajadores busca en una Afore que le ofrezcan mayor cantidad de dinero, y las administradoras hacen todo lo posible para brindárselo, sea por medio de rendimientos, comisiones bajas o promesas a largo plazo; sin embargo usted está buscando la tranquilidad en el sitio inadecuado, está a punto de descubrir los motivos por los cuales no es tan importante considerar estás como las variables más trascendentes en la elección de su administradora.
Si usted pertenece al régimen 73 (léase entrada anterior) como el 70% de los trabajadores en activo no recibirá ni el 30% de los saldos que ve reflejados en los estados de cuenta que le proporciona su Afore, llegado el momento de su retiro prácticamente todo ese dinero se lo va a quedar el gobierno federal a modo de “recapitalizarse” por la pensión vitalicia que le otorgará, el monto de pensión que usted recibirá se determinara por otros factores: edad, promedio salarial de los últimos 5 años cotizados y semanas reconocidas de cotización. De lo anterior desprendemos que no importa cuanto tenga usted acumulado en su fondo de retiro eso no ayudará ni perjudicará su monto de pensión.
Por lo anterior cuando le vuelvan a ofrecer una mejor pensión fundando este dicho en mejores rendimientos (la famosa tablita de rendimientos de la CONSAR) usted sabrá que de hecho le están intentando engañar, o que quien le está hablando es ignorante de esta materia.
Pero si los rendimientos netos de las Afores no van a ayudarme en mi pensión ¿Qué es lo que debo buscar en una administradora de fondos de retiro? Probablemente cuando usted comenzó a leer este artículo esperaba una lista descendente con los nombres de las Afores y su relación de rendimientos, pero ahora que sabe que en realidad eso no es importante para su futuro debe comenzar a considerar los elementos que de verdad le generen un valor agregado.
-Servicio y atención personalizada
-Prontitud de respuesta
-Asesoría y orientación profesional
-Comodidad y cercanía
-Gama de servicios y productos financieros complementarios
Lo que usted en realidad necesita es una institución que le ayude a planificar un futuro digno, que le tenga adecuadamente asesorado y actualizado sobre sus derechos como trabajador. La Afore perfecta es como la pareja perfecta, ciertamente no la vamos a encontrar nunca, debemos elegirla de acuerdo a nuestras necesidades ponderando el profesionalismo y la atención.
Todos aquellos trabajadores que pertenezcan al nuevo régimen deben saber que además de lo anterior deben poner atención en la estabilidad que tendrá su dinero a lo largo del tiempo ya que muchas administradoras que aparecen arriba en la tabla de la CONSAR pasan mucho tiempo ofreciendo buenos rendimientos pero también mucho subsanando los desbarrancos que conlleva naturalmente el riesgo bursátil, esto lamentablemente no se refleja adecuadamente en las tablas de rendimientos puesto que son producto del cálculo promedio de 36 meses, pero ¿a quién le interesa lo que le pasó a su dinero hace 36 meses? lo que debe ocuparnos (y preocuparnos) es el comportamiento de corto plazo dado que nos encontramos en una situación económica veleidosa a nivel mundial. Es por ello que más que buscar altos rendimientos debe buscarse estabilidad y consistencia a largo plazo. Un indicador bastante objetivo sobre la estabilidad es el índice de diversificación de cartera que podemos encontrar en el sitio de la CONSAR o haciendo clic aquí.
¿Entonces la CONSAR pretende confundirnos o mal orientarnos con su tabla de rendimientos? Yo no diría eso, las tablas de rendimientos que calcula mensualmente la Comisión son un esfuerzo por simplificar al máximo las condiciones generales del sistema de ahorro para el retiro con el afán de proporcionar un elemento de juicio financiero al trabajador asegurado que no es (ni debe ser) conocedor de finanzas ni economía, sin embargo por la naturaleza de los mercados bursátiles estos promedios pueden, y de hecho resultan engañosos si no se acompañan de otros criterios y una adecuada asesoría.
Debo aclarar que desde mi perspectiva hay una amplia distinción entre las “buenas administradoras” y “las otras”, dado que soy agente certificado por la CONSAR tengo prohibido expresarme negativamente del sistema y sus instituciones. Lo que si puedo sugerirles es que consideren antes que a las demás a las pensionadoras como Principal Afore o Siglo XXI dado su grado de especialización, posteriormente las aseguradoras por su calidad en el servicio, y por último en la lista de prioridades los bancos que son bastante grises y las “patito” donde no obtendrá beneficios de ningún tipo.

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"Las decisiones financieras y/o fiscales que tome cada uno de los lectores serán responsabilidad única y exclusivamente de quien las tome. Las opiniones y comentarios expresados en este sitio son a título personal de quien las emita y no representan posición oficial de ninguna institución u organismo."

miércoles, 16 de septiembre de 2009

¿Quien se va a hacer cargo de pagarme una pensión?

De acuerdo con el sistema de otorgamiento de pensiones previsto por las leyes mexicanas todos los trabajadores del mercado formal que cotizan ante el IMSS, es decir prácticamente toda la base asalariada, tienen derecho a recibir una pensión al cumplir con los requisitos establecidos, en este articulo revisaremos cuáles son esos requisitos y cuáles son las modalidades principales para ejercer este derecho.

Nos encontramos en un periodo de transición entre los regímenes de pensión establecidos en la Ley del Seguro Social (LSS en adelante) de 1973 y la nueva LSS que entro en vigor el 1ro de Julio de 1997; todos los trabajadores quienes comenzaron a cotizar previo a esta fecha tendrán opción de elegir entre ambos regímenes de acuerdo a su conveniencia, los que tienen su fecha de alta posterior no tendrán opción y se pensionarán con el nuevo sistema.

Es preciso hacer esta distinción ya que el régimen al que se pertenezca determinará la fuente de los recursos que recibiremos por pensión. Para el régimen anterior (LSS 1997) el IMSS es la institución obligada a fondear las pensiones con recursos provenientes de las arcas federales, es decir nos cuestan a todos los contribuyentes, de hecho en importante medida las pensiones son la causa principal del desfalco del IMSS pero ese será tema de otra ocasión.

Cuando este escenario se cumple el trabajador tendrá que aportar obligatoriamente involuntariamente al IMSS para su “recapitalización” casi todo el saldo de su Cuenta Individual, salvo los rubros de 2% por concepto de retiro y los fondos correspondientes al SAR (aportaciones de retiro entre 1992-1997) que el trabajador recuperará por medio de su Afore en una sola exhibición después de aceptado tu tramite de pensión.
A pesar de lo aparatoso que pueda parecer que el gobierno se quede con cerca del 80% del dinero que vemos en nuestros no muy onerosos estados de cuenta, debe quedar claro que en realidad durante la sobrevida del pensionado el gobierno multiplica dicha aportación de 4 a 13 veces el monto recolectado, es decir, el trabajador no recuperará el dinero de su afore pero recibirá una pensión vitalicia que no será menor al 60% del último salario percibido en el los peores casos. Sin duda es un sacrificio muy productivo.

En el nuevo régimen (LSS 1997) los recursos que se ejercen en la pensión son los ahorrados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) del trabajador sumados a los fondos de aportaciones voluntarias y complementarias si los hubiera, y la AFORE será la institución encargada de administrar e invertir dicho ahorro. El proceso esencialmente implica dividir el monto total entre la esperanza de vida del postulante y hacer liquidaciones mensuales. Existen otros esquemas posibles como el de Retiro Programado (recibir el total del ahorro en cinco o más exhibiciones previamente acordadas con la administradora), o retirarlo totalmente renunciando así al derecho de pensión.

En este esquema el capital constitutivo es producto del ahorro individual y no proviene del gobierno como en el otro régimen, por lo tanto las pensiones mensuales esperadas para un trabajador promedio rondarán el 35% del último salario percibido, 40% en los mejores casos. Como puede observarse a simple vista el cambio de un régimen a otro afecta considerablemente las posibilidades de sobrellevar un estilo de vida siquiera similar al que se tiene como trabajador , para lo cual es muy importante considerar generar un ahorro voluntario por medio de la Afore ú otros instrumentos de inversión como fondos mutualistas; cotizar continuamente por más de 24 años (1250 semanas mínimas de cotizaciones) no es suficiente para considerar que tendremos un patrimonio digno después de los 60 años.

Por ahora habrá que esperar hasta el 2021 para que comiencen a tramitarse las primeras pensiones de cesantía por medio del sistema del régimen 97, y cuando eso suceda habrá serios problemas de insolvencia con los pensionados, para lo cual la única solución viable será seguir trabajando y cotizando hasta que el cuerpo aguante.
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Mensaje de Bienvenida

Dada la extendida desinformación que aqueja a la mayoría de los trabajadores mexicanos sobre sus prestaciones y derechos, me doy a la tarea de crear este Blog con la intención de hacer de este espacio un foro neutral donde asesores profesionales de pensiones ó finanzas, trabajadores asegurados y todos los que lo deseen puedan compartir sus inquietudes, conocimientos y noticias abonando de este modo a la cultura de la planeación del futuro que tanta falta hace enriquecer.

Deseo aprovechar el esquema natural de retroalimentación del blogging para que el lector obtenga certeza sobre su futuro financiero, desde varias fuentes de información y distintos puntos de vista.
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